La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015 y Texto Refundido de la Ley Concursal 2022) permite a personas fisicas cancelar deudas cuando no pueden pagarlas. En 2022 se reformo haciendola mas accesible: ya no hace falta venderlo todo, se puede conservar vivienda habitual.
Cualquier persona fisica (autonomo o asalariado) que cumpla: (1) Buena fe del deudor (no haber ocultado bienes). (2) Insolvencia actual (no poder pagar al vencimiento). (3) Deudas menores a 5 millones de euros (limite alto para particulares). (4) No haber sido condenado por delitos economicos en los ultimos 10 anos. (5) No haberse acogido a la Ley en los ultimos 5 anos. (6) Intentar acuerdo extrajudicial de pagos previo (o iniciarlo y que fracase).
Se cancelan: creditos personales, tarjetas, hipoteca que exceda valor vivienda (si se mantiene vivienda), prestamos al consumo, fianzas y avales personales. NO se cancelan: pensiones alimenticias, multas penales y administrativas, danos morales por delito. Deudas con Hacienda y Seguridad Social tambien se pueden cancelar desde 2022 (hasta 10.000 euros cada una).
1. Acuerdo extrajudicial de pagos con mediador concursal (mes 1-3). 2. Si fracasa, concurso consecutivo en juzgado de primera instancia (mes 4-6). 3. Plan de pagos aprobado por juez (suele ser 3 anos con limite 25% de los ingresos). 4. Cumplir plan o liquidar activos no esenciales. 5. Al finalizar, resolucion de BEPI (Beneficio de Exoneracion del Pasivo Insatisfecho) que cancela deudas pendientes.
Mediador concursal: 200-800 euros. Administrador concursal si se va a concurso: 400-1500 euros (si hay masa activa). Honorarios abogado: 1.500-3.500 euros procedimiento completo. Tasas judiciales: exentas para particulares. Total tipico: 2.000-5.000 euros para un caso estandar.
Al obtener BEPI, quedas libre de las deudas exoneradas. Apareces en ficheros de morosidad (ASNEF) por 5 anos mas. No puedes volver a acogerte en 5 anos. Durante el procedimiento, los acreedores NO pueden embargarte ni llamar para cobrar (moratoria automatica).
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Solicitar estudio gratuitoDesde la reforma de 2022, si, en muchos casos. Se evalua: valor de la vivienda, importe de la hipoteca, si es vivienda habitual. Si la hipoteca es razonable y puedes pagarla, el juez suele permitir mantenerla.
6-18 meses hasta la resolucion de BEPI. Algunos casos complejos pueden alargarse 24 meses. Durante este tiempo, no te pueden embargar ni reclamar las deudas exoneradas.
Desde la reforma de 2022, las deudas con Hacienda y Seguridad Social son exonerables hasta un limite de 10.000 euros con cada una. Por encima de ese importe, hay que pagar el exceso.