Madrid
Hipotecas
12 marzo 2026 16 min de lectura

IRPH Hipoteca: Cómo Reclamar en 2026

Si su hipoteca está referenciada al IRPH, es muy probable que haya pagado miles de euros de más. Le explicamos cómo reclamar, qué dicen las sentencias y cuáles son sus posibilidades reales de recuperar lo pagado indebidamente.

¿Qué es el IRPH y cómo afecta a tu hipoteca?

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial del Banco de España que se utiliza como referencia para calcular el tipo de interés variable en determinadas hipotecas. A diferencia del Euríbor, que refleja el precio al que los bancos europeos se prestan dinero entre sí, el IRPH se calcula a partir de la media ponderada de los préstamos hipotecarios concedidos por las entidades financieras españolas.

Esta diferencia en su cálculo tiene una consecuencia directa y significativa para los consumidores: el IRPH siempre ha sido sustancialmente superior al Euríbor, lo que implica que los hipotecados referenciados a este índice han pagado cuotas considerablemente más altas que aquellos cuyas hipotecas estaban vinculadas al Euríbor.

Tipos de IRPH que han existido

A lo largo de los años, han existido tres modalidades distintas de IRPH en el sistema financiero español, cada una con características propias que conviene comprender para valorar adecuadamente nuestra reclamación:

  • IRPH Cajas: Calculado exclusivamente con los datos de las cajas de ahorros. Fue suprimido en noviembre de 2013 tras la reestructuración del sistema financiero español.
  • IRPH Bancos: Se elaboraba únicamente con la información de los bancos comerciales. También desapareció en noviembre de 2013.
  • IRPH Entidades: Incluye los datos del conjunto de entidades financieras. Es el único que sigue vigente en la actualidad y al que nos referimos habitualmente cuando hablamos del IRPH.

Dato importante: Se estima que entre 1 y 1,5 millones de hipotecas en España estuvieron o siguen estando referenciadas al IRPH, lo que convierte esta cuestión en uno de los litigios bancarios más relevantes de la última década.

El problema fundamental del IRPH no radica en que sea un índice oficial —que lo es—, sino en la forma en que las entidades bancarias lo comercializaron. En la inmensa mayoría de los casos, los bancos no informaron a los consumidores de que el IRPH había sido históricamente superior al Euríbor, ni de las consecuencias económicas que la elección de este índice tendría sobre sus cuotas mensuales y sobre el coste total de su préstamo hipotecario.

Diferencias entre IRPH y Euríbor

Para comprender la magnitud de la reclamación por IRPH, es fundamental analizar las diferencias entre ambos índices. A continuación presentamos una comparativa detallada que ilustra por qué la elección del IRPH ha resultado tan perjudicial para los consumidores:

Característica IRPH Euríbor
Cálculo Media de hipotecas concedidas Mercado interbancario europeo
Ámbito Nacional (España) Europeo
Diferencial habitual 0% a +0,25% +0,50% a +1,50%
Valor medio histórico Aprox. 2-3% superior al Euríbor Referencia base del mercado
Volatilidad Baja (no baja con el mercado) Alta (sigue el mercado)
Transparencia Opaca (incluye márgenes bancarios) Transparente (mercado público)

La diferencia práctica entre ambos índices se traduce en miles de euros a lo largo de la vida de una hipoteca. Por ejemplo, en una hipoteca de 150.000 euros a 25 años, la diferencia acumulada entre el IRPH y el Euríbor puede superar los 30.000 euros. Además, durante los periodos en los que el Euríbor estuvo en valores negativos (2016-2022), el IRPH se mantuvo siempre en terreno positivo, lo que amplió aún más la brecha entre ambos índices.

La circularidad del IRPH: un índice manipulable

Uno de los argumentos jurídicos más potentes contra el IRPH es su circularidad inherente. Dado que el IRPH se calcula a partir de los propios préstamos hipotecarios que incluyen este índice como referencia, los bancos tienen la capacidad teórica de influir en su valor. Cuantas más hipotecas se concedan referenciadas al IRPH con tipos altos, más elevado será el propio índice, creando un círculo vicioso que beneficia exclusivamente a las entidades financieras.

Sentencias del TJUE sobre el IRPH

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desempeñado un papel decisivo en la evolución de las reclamaciones por IRPH en España. Sus pronunciamientos han marcado un antes y un después en la protección de los consumidores hipotecarios, obligando a los tribunales españoles a revisar su doctrina sobre la materia.

Sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020 (Asunto C-125/18)

Esta sentencia constituyó el primer pronunciamiento relevante del TJUE sobre el IRPH y estableció varios principios fundamentales que debemos conocer:

  • Confirmó que las cláusulas que incorporan el IRPH como índice de referencia pueden ser sometidas al control de transparencia por los tribunales nacionales.
  • Determinó que el hecho de que un índice sea oficial no lo exime automáticamente del análisis de abusividad.
  • Señaló que los tribunales nacionales deben verificar si el consumidor fue informado del funcionamiento concreto del IRPH y de su evolución histórica.

Sentencia del TJUE de 13 de julio de 2023

En esta resolución, el TJUE reforzó los derechos de los consumidores al establecer que cuando un índice de referencia como el IRPH cajas o bancos desaparece, la sustitución automática por otro índice (como el IRPH Entidades) también debe superar el control de transparencia. Este pronunciamiento abrió nuevas vías de reclamación para aquellos consumidores cuyas hipotecas pasaron automáticamente del IRPH Cajas o Bancos al IRPH Entidades.

Auto del TJUE de 2024 y perspectivas actuales

A lo largo de 2024 y 2025, el TJUE ha continuado pronunciándose sobre cuestiones prejudiciales relativas al IRPH, consolidando la línea protectora del consumidor. La jurisprudencia europea ha dejado claro que la oficialidad de un índice no sustituye la obligación de transparencia que recae sobre la entidad bancaria, y que corresponde a los tribunales nacionales realizar un examen individualizado de cada caso.

Relevancia práctica: Tras las sentencias del TJUE, numerosos juzgados españoles han comenzado a declarar la nulidad del IRPH y a ordenar la devolución de las cantidades pagadas de más, con sustitución del IRPH por el Euríbor como índice de referencia.

Doctrina del Tribunal Supremo sobre el IRPH

La posición del Tribunal Supremo español sobre el IRPH ha evolucionado significativamente a lo largo de los últimos años, adaptándose progresivamente a la jurisprudencia emanada del TJUE. Comprender esta evolución es esencial para valorar las posibilidades de éxito de nuestra reclamación.

La sentencia de 14 de diciembre de 2017

En esta polémica resolución, el Tribunal Supremo estableció inicialmente que el IRPH, al ser un índice oficial regulado por el Banco de España, no podía considerarse abusivo. Esta doctrina, que parecía cerrar la puerta a las reclamaciones, fue posteriormente matizada tras los pronunciamientos del TJUE que exigían un análisis de transparencia individualizado.

Evolución posterior a las sentencias del TJUE

Tras la sentencia del TJUE de marzo de 2020, el Tribunal Supremo se vio obligado a reconsiderar su postura. En sentencias posteriores, el Alto Tribunal ha reconocido la necesidad de analizar si la inclusión del IRPH supera el doble control de incorporación y de transparencia exigido por la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos con consumidores.

En la actualidad, la doctrina del Tribunal Supremo establece que debe examinarse caso por caso si el banco informó adecuadamente al consumidor sobre:

  1. La naturaleza del IRPH y su método de cálculo, incluyendo la circularidad del índice.
  2. La evolución histórica del IRPH comparada con la del Euríbor durante un período significativo.
  3. Las consecuencias económicas concretas para el consumidor de elegir el IRPH frente al Euríbor.
  4. La posibilidad de que existían otras opciones de índice de referencia disponibles en el mercado.

Requisitos para reclamar el IRPH

No todas las hipotecas referenciadas al IRPH dan lugar automáticamente a una reclamación exitosa. Es necesario que concurran determinados requisitos que nuestros abogados especializados analizarán en su caso concreto. A continuación detallamos los elementos que debemos verificar antes de iniciar el procedimiento:

Requisitos subjetivos: ¿quién puede reclamar?

  • Consumidores y usuarios: La protección de la Directiva 93/13 se aplica únicamente a los consumidores, es decir, personas físicas que contrataron la hipoteca para fines ajenos a su actividad profesional o empresarial.
  • Titulares actuales o pasados: Pueden reclamar tanto quienes aún mantienen su hipoteca activa como quienes ya la cancelaron, siempre que la cláusula IRPH estuviera vigente durante un período de la vida del préstamo.
  • Herederos: En caso de fallecimiento del titular, los herederos pueden ejercitar la acción de reclamación del IRPH.

Requisitos objetivos: ¿qué condiciones debe reunir la hipoteca?

  • Que la hipoteca esté o haya estado referenciada al IRPH (Entidades, Cajas o Bancos).
  • Que la entidad bancaria no proporcionara información suficiente sobre el funcionamiento del IRPH y su comparación con el Euríbor en el momento de la contratación.
  • Que no se ofrecieran alternativas de índices de referencia al consumidor.
  • Que no existiera una negociación individual y documentada sobre la elección del IRPH.

Buena noticia: En la práctica, la inmensa mayoría de hipotecas referenciadas al IRPH cumplen estos requisitos, ya que los bancos rara vez informaban adecuadamente sobre las características y consecuencias de este índice.

Procedimiento de reclamación del IRPH

La reclamación del IRPH sigue un procedimiento estructurado que combina la vía extrajudicial y la judicial. Conocer cada fase le permitirá tomar decisiones informadas y anticipar los plazos y costes del proceso.

Fase 1: Reclamación extrajudicial al banco

Antes de acudir a los tribunales, es recomendable (y en muchos casos requisito procesal) presentar una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria. Este escrito debe incluir:

  • Identificación completa del titular y del préstamo hipotecario.
  • Exposición de los hechos, detallando la falta de transparencia en la contratación del IRPH.
  • Fundamentación jurídica basada en la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo.
  • Petición expresa de nulidad de la cláusula y devolución de las cantidades pagadas de más.

El banco dispone de un plazo de dos meses para responder. En la práctica, la mayoría de entidades rechazan las reclamaciones extrajudiciales, lo que hace necesario acudir a la vía judicial.

Fase 2: Demanda judicial

La demanda se tramita a través del procedimiento ordinario ante los Juzgados de Primera Instancia. El proceso judicial incluye las siguientes etapas:

  1. Presentación de la demanda: Incluyendo toda la documentación acreditativa y un informe pericial que cuantifique las cantidades pagadas de más.
  2. Contestación a la demanda: El banco dispone de 20 días hábiles para presentar su contestación.
  3. Audiencia previa: Vista oral donde se fijan los hechos controvertidos y se propone la prueba.
  4. Juicio: Práctica de la prueba y conclusiones de las partes.
  5. Sentencia: El juzgado dicta sentencia, generalmente en un plazo de 20 días.

Plazos estimados del procedimiento

El tiempo total desde la presentación de la demanda hasta la obtención de una sentencia firme varía según el partido judicial, pero como referencia orientativa podemos estimar:

  • Primera instancia: Entre 12 y 18 meses desde la presentación de la demanda.
  • Apelación: Si alguna de las partes recurre, la Audiencia Provincial puede tardar entre 8 y 14 meses adicionales.
  • Casación: El recurso ante el Tribunal Supremo, en casos excepcionales, puede prolongar el proceso entre 18 y 24 meses más.

Cálculo del dinero a recuperar por IRPH

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos es cuánto dinero pueden recuperar los afectados por el IRPH. La respuesta depende de varios factores que analizamos a continuación, pero las cantidades suelen ser significativas y justifican sobradamente el inicio de la reclamación.

Factores que determinan la cantidad a recuperar

El cálculo de las cantidades a devolver requiere un análisis financiero detallado que tiene en cuenta los siguientes elementos:

  • Capital inicial del préstamo: A mayor capital, mayor diferencia absoluta entre las cuotas calculadas con IRPH y con Euríbor.
  • Plazo de la hipoteca: Cuanto más tiempo haya transcurrido con el IRPH como referencia, mayor será la cantidad acumulada.
  • Diferencial aplicado: El diferencial pactado sobre el IRPH influye en la cuota final.
  • Periodo de aplicación: Las fechas concretas en que el IRPH estuvo vigente en la hipoteca.

Ejemplos orientativos de cantidades

Capital hipotecario Plazo transcurrido Estimación de devolución
100.000 € 10 años 12.000 - 18.000 €
150.000 € 15 años 25.000 - 38.000 €
200.000 € 20 años 40.000 - 60.000 €
250.000 € 25 años 55.000 - 80.000 €

Cálculo personalizado: Estas cifras son orientativas y pueden variar significativamente en función de las condiciones específicas de cada hipoteca. En nuestro despacho realizamos un cálculo preciso y gratuito de las cantidades que podría recuperar.

IRPH en hipotecas subrogadas y novadas

Una situación especialmente compleja se presenta cuando la hipoteca referenciada al IRPH ha sido objeto de subrogación (cambio de titular o de entidad bancaria) o de novación hipotecaria (modificación de las condiciones del préstamo). En ambos supuestos, la reclamación sigue siendo viable, aunque presenta particularidades que conviene conocer.

Subrogación de deudor en promociones de vivienda

Muchos afectados por el IRPH contrataron su hipoteca mediante subrogación en el préstamo promotor. En estos casos, el consumidor no negoció directamente las condiciones del préstamo, sino que asumió las ya pactadas entre la promotora y el banco. Esta circunstancia refuerza el argumento de falta de transparencia, ya que el consumidor tuvo aún menos capacidad de elección sobre el índice de referencia.

Novación de la hipoteca con IRPH

Si la hipoteca fue novada manteniendo el IRPH como índice de referencia, la reclamación abarca tanto el período anterior como posterior a la novación. Es importante destacar que la novación no convalida una cláusula que era abusiva desde su origen, según ha establecido reiteradamente el TJUE. Le recomendamos consultar nuestro artículo sobre derechos en la novación hipotecaria para obtener más información sobre esta cuestión.

Sustitución del IRPH Cajas/Bancos por IRPH Entidades

Cuando los índices IRPH Cajas e IRPH Bancos desaparecieron en 2013, muchas hipotecas fueron automáticamente referenciadas al IRPH Entidades mediante la disposición adicional decimoquinta de la Ley 14/2013. Esta sustitución automática, sin información ni consentimiento del consumidor, constituye un argumento adicional de falta de transparencia que fortalece la reclamación.

Estado actual de las reclamaciones IRPH en 2026

El panorama de las reclamaciones por IRPH en 2026 es notablemente más favorable para los consumidores que en años anteriores. La acumulación de jurisprudencia del TJUE y la adaptación progresiva de los tribunales españoles han configurado un escenario en el que las posibilidades de éxito son elevadas, siempre que se acredite la falta de transparencia en la contratación.

Estadísticas de éxito en primera instancia

Según los datos disponibles de los principales partidos judiciales españoles, la tasa de estimación de las demandas por IRPH ha experimentado un incremento sostenido. En 2025, los juzgados especializados en cláusulas abusivas estimaron favorablemente un porcentaje significativo de las demandas presentadas, una tendencia que se mantiene en 2026.

Posición de las Audiencias Provinciales

Las Audiencias Provinciales están mostrando una creciente sensibilidad hacia los derechos de los consumidores en materia de IRPH. Aunque aún existen disparidades entre distintos territorios, la tendencia general es clara: la falta de información precontractual sobre las características del IRPH y su comparación con el Euríbor determina la nulidad de la cláusula y la obligación de devolución.

Es importante señalar que la reclamación del IRPH puede complementarse con otras acciones como la reclamación de gastos hipotecarios, la impugnación de la cláusula de vencimiento anticipado o la reclamación de la cláusula suelo, maximizando así la protección legal del consumidor hipotecario.

Importante: Aunque las perspectivas son favorables, cada caso requiere un análisis individualizado. Le recomendamos consultar con abogados especializados en derecho bancario antes de iniciar cualquier reclamación para valorar adecuadamente sus posibilidades de éxito.

Asimismo, si su hipoteca presenta otras cláusulas potencialmente abusivas, le invitamos a consultar nuestras guías sobre la reclamación de hipotecas multidivisa, la devolución de gastos de notaría hipotecarios y la protección frente a intereses abusivos en préstamos personales.

¿Su hipoteca está referenciada al IRPH?

Nuestros abogados especializados analizarán su caso sin compromiso y le indicarán las cantidades que puede recuperar. No cobramos si no ganamos.

Jose Antonio Martinez

Colegiado 12345 ICAM

Abogado especialista en derecho bancario e hipotecario con más de 15 años de experiencia en la defensa de los derechos de los consumidores frente a entidades financieras. Experto en reclamaciones por IRPH, cláusulas abusivas y gastos hipotecarios.

Preguntas frecuentes sobre la reclamación del IRPH

Sí, puede reclamar el IRPH de su hipoteca si el banco no le informó adecuadamente sobre las características de este índice, su evolución histórica comparada con el Euríbor y las consecuencias económicas de su aplicación. Las sentencias del TJUE han abierto la vía para que los tribunales españoles analicen la transparencia caso por caso. Le recomendamos que consulte con nuestros abogados especializados para que analicen su caso particular y determinen las posibilidades reales de éxito de su reclamación.

La cantidad a recuperar depende del diferencial entre el IRPH y el Euríbor durante toda la vida de su hipoteca, el capital pendiente y el plazo transcurrido. De media, los hipotecados con IRPH pueden recuperar entre 15.000 y 40.000 euros, aunque en hipotecas de larga duración las cantidades pueden superar los 60.000 euros. En nuestro despacho realizamos un cálculo gratuito y personalizado de las cantidades que podría recuperar en su caso.

El IRPH se incluyó principalmente en hipotecas constituidas entre los años 2000 y 2013, aunque existían hipotecas referenciadas a este índice desde los años 90. Las entidades que más utilizaron el IRPH fueron CaixaBank, Bankia (hoy CaixaBank), BBVA, Kutxabank, Cajamar y diversas cajas de ahorros que posteriormente se fusionaron. Si desconoce si su hipoteca tiene IRPH, puede verificarlo en su escritura de préstamo hipotecario o consultarnos para que revisemos su documentación.

Según la doctrina del TJUE, la acción de nulidad de cláusulas abusivas es imprescriptible, por lo que no existe un plazo límite para reclamar la nulidad del IRPH. No obstante, la reclamación de las cantidades pagadas de más sí puede estar sujeta a plazos de prescripción, por lo que recomendamos actuar con la mayor celeridad posible para no perder derechos.

En la mayoría de los casos, sí merece la pena reclamar el IRPH. Las cantidades a recuperar suelen ser significativas (entre 15.000 y 60.000 euros), y tras las sentencias del TJUE de 2020 y 2024, las posibilidades de éxito han aumentado considerablemente. Además, muchos despachos, incluido el nuestro, trabajan a éxito, por lo que el consumidor no asume riesgo económico inicial. Le invitamos a solicitar una consulta gratuita para valorar su caso específico.