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Cartel de Coches: Cómo Reclamar tu Indemnización en 2026

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a los principales fabricantes de automóviles por formar un cartel que alteró los precios de los vehículos en España entre 2006 y 2013. Si compraste un coche nuevo durante ese período, puedes reclamar una indemnización. Te explicamos quién puede reclamar, cuánto se puede obtener y cómo funciona el proceso.

1. ¿Qué fue el cartel de coches?

En julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una multa de 171 millones de euros a los principales fabricantes y distribuidores de automóviles en España por prácticas anticompetitivas. Según la investigación de la CNMC, estas empresas intercambiaron información comercial sensible de manera sistemática entre 2006 y 2013, lo que les permitió coordinar sus estrategias comerciales y de precios en perjuicio de los consumidores.

El cartel funcionó a través de reuniones periódicas en las que los fabricantes y sus distribuidores oficiales compartían datos estratégicos sobre precios, descuentos, condiciones de financiación, campañas comerciales y volúmenes de ventas. Esta coordinación eliminó la competencia real entre las marcas, lo que se tradujo en precios artificialmente elevados para los consumidores.

El Tribunal Supremo confirmó la sanción de la CNMC, lo que abre la puerta a que los consumidores afectados reclamen una indemnización por los daños sufridos como consecuencia del cartel.

2. ¿Qué marcas están afectadas?

La sanción de la CNMC afectó a las siguientes marcas y sus grupos empresariales:

Volkswagen / Audi / SEAT / Skoda
BMW / Mini
Mercedes-Benz
Opel
Citroën / Peugeot
Renault
Ford
Toyota / Lexus
Fiat / Alfa Romeo / Lancia
Volvo
Honda
Hyundai / Kia

3. ¿Quién puede reclamar?

Pueden reclamar una indemnización todas las personas (físicas o jurídicas) que compraron un vehículo nuevo de cualquiera de las marcas sancionadas entre el 18 de febrero de 2006 y el 18 de febrero de 2013, período durante el cual el cartel estuvo operativo.

No importa si compraste el vehículo a un concesionario oficial o a través de otro canal de venta autorizado. Lo relevante es que se trate de un vehículo nuevo (no de segunda mano) de alguna de las marcas implicadas, adquirido durante el período del cartel en España.

¿Cómo saber si estoy afectado?

Comprueba la fecha de matriculación de tu vehículo en la ficha técnica o en el permiso de circulación. Si está comprendida entre febrero de 2006 y febrero de 2013 y el vehículo era nuevo en el momento de la compra, es muy probable que puedas reclamar.

4. ¿Cuánto puedo reclamar?

La indemnización se calcula como un porcentaje del precio de compra del vehículo, correspondiente al sobrecoste que el consumidor pagó como consecuencia de la falta de competencia real entre los fabricantes. Según los estudios económicos realizados y la jurisprudencia que se está formando, el sobrecoste estimado oscila entre el 5% y el 10% del precio de compra del vehículo.

Precio del vehículoIndemnización estimada (5-10%)
15.000 euros750 - 1.500 euros
25.000 euros1.250 - 2.500 euros
35.000 euros1.750 - 3.500 euros
50.000 euros2.500 - 5.000 euros

Además de la indemnización principal, se pueden reclamar los intereses legales generados desde la fecha de compra, lo que puede incrementar significativamente la cantidad total a percibir.

5. Proceso de reclamación

El proceso para reclamar tu indemnización por el cartel de coches consta de los siguientes pasos:

  1. Verificación de legitimación: Comprobamos que tu vehículo y la fecha de compra están dentro del ámbito del cartel.
  2. Recopilación de documentación: Reunimos la factura de compra del vehículo, el contrato de compraventa, la ficha técnica y el permiso de circulación.
  3. Cálculo de la indemnización: Un perito económico calcula el sobrecoste que pagaste como consecuencia del cartel.
  4. Reclamación extrajudicial: Se envía un burofax al fabricante reclamando la indemnización, lo que también sirve para interrumpir la prescripción.
  5. Demanda judicial: Si el fabricante no responde o no ofrece una compensación adecuada, se interpone demanda ante el juzgado de lo mercantil competente.

6. Plazos para reclamar

Los plazos para reclamar una indemnización por el cartel de coches son un aspecto crucial. La Ley de Defensa de la Competencia establece un plazo de prescripción de 5 años para las acciones de daños derivados de infracciones del derecho de la competencia, contados desde que el afectado conoció o debió conocer la infracción y el daño sufrido.

Dado que la resolución de la CNMC fue confirmada por los tribunales y es un hecho de público conocimiento, es recomendable no demorar la reclamación. Si estás interesado en reclamar tu indemnización, consulta con nuestros abogados especializados en el cartel de coches para que evalúen tu caso concreto.

7. Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si ya vendí el coche?

Sí. Lo que se reclama es el sobrecoste que pagaste en el momento de la compra, independientemente de si todavía posees el vehículo o lo has vendido o dado de baja.

¿Necesito la factura original de compra?

Es lo ideal, pero no imprescindible. Si no la conservas, existen alternativas como solicitar un duplicado al concesionario, obtener información de la DGT o utilizar el contrato de financiación si lo hubo.

¿Puedo reclamar si compré un vehículo de segunda mano?

La reclamación está dirigida a quienes compraron el vehículo nuevo durante el período del cartel. Si compraste un vehículo de segunda mano, en principio no estarías legitimado para reclamar, aunque existen argumentos jurídicos sobre la transmisión del derecho de indemnización que podrían aplicarse en ciertos casos.

¿Cuánto tarda el proceso?

Si el fabricante no llega a un acuerdo extrajudicial, el proceso judicial puede tardar entre 12 y 24 meses en primera instancia, dependiendo del juzgado. Muchos fabricantes están optando por llegar a acuerdos antes del juicio para evitar condenas en costas.

¿Compraste un coche nuevo entre 2006 y 2013?

Comprobamos gratis si puedes reclamar una indemnización por el cartel de coches.

Jose Antonio Martínez

Socio Director | Abogado Colegiado n.º 12345 ICAM

Abogado especialista en derecho de la competencia y protección del consumidor con más de 15 años de experiencia. Ha liderado reclamaciones colectivas frente a grandes corporaciones y cuenta con amplia experiencia en litigios derivados de prácticas anticompetitivas. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

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Preguntas Frecuentes sobre Cartel de Coches