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Cártel de Coches: Demanda Colectiva y Cómo Reclamar su Indemnización

El cártel de fabricantes de automóviles sancionado por la Comisión Europea afectó a millones de consumidores que pagaron precios inflados por sus vehículos. En esta guía explicamos cómo ejercer la demanda colectiva y qué indemnizaciones puede obtener.

17 de marzo de 202618 min de lectura min lectura

1. ¿Qué es el Cártel de Coches y Cómo Afectó a los Consumidores?

El cártel de fabricantes de automóviles constituye una de las mayores infracciones de la normativa de competencia detectadas en Europa. La Comisión Europea determinó que los principales fabricantes alemanes mantuvieron durante años acuerdos secretos para coordinar el desarrollo técnico de sistemas de reducción de emisiones contaminantes, lo que derivó en un encarecimiento artificial de los precios de los vehículos vendidos en todo el territorio europeo.

Estos acuerdos colusorios supusieron que los consumidores pagaran un sobrecoste estimado de entre el 10% y el 20% sobre el precio real de mercado. Los fabricantes, al coordinar sus políticas de desarrollo tecnológico, eliminaron la competencia efectiva que habría beneficiado a los compradores con mejores prestaciones a precios más ajustados. Esta práctica vulneró directamente los derechos de millones de consumidores europeos.

La investigación reveló que las reuniones entre los fabricantes se prolongaron durante más de una década, afectando a múltiples generaciones de modelos y categorías de vehículos. En España, donde estas marcas representan una cuota significativa del mercado, el número de consumidores afectados supera los dos millones, convirtiendo esta reclamación en una de las más relevantes del derecho de consumo español.

Dato importante: La sanción de la Comisión Europea abre la puerta a las acciones de daños follow-on, donde los consumidores pueden reclamar indemnizaciones basándose en la infracción ya declarada por la autoridad de competencia, sin necesidad de probar nuevamente la existencia del cártel.

2. Marcas y Modelos Afectados por el Cártel

La investigación de la Comisión Europea identificó como participantes principales del cártel a cinco grandes fabricantes del sector automovilístico alemán. Cada uno de estos fabricantes comercializa múltiples marcas y modelos que se vieron directamente afectados por los acuerdos anticompetitivos. La determinación de si un vehículo concreto está incluido depende del fabricante, el periodo de compra y las características técnicas del modelo.

GrupoMarcas incluidasPeriodo
Grupo VolkswagenVW, Audi, SEAT, Skoda, Porsche2006-2018
BMW GroupBMW, MINI, Rolls-Royce2006-2018
Daimler/MercedesMercedes-Benz, Smart2006-2018

Es fundamental señalar que la afectación no se limita a los vehículos diésel, como ocurría con el denominado Dieselgate. El cártel abarcó acuerdos sobre múltiples tecnologías, incluyendo sistemas de tratamiento de gases de escape tanto para motores diésel como gasolina. Esto amplía considerablemente el universo de afectados y, por tanto, el volumen total de indemnizaciones reclamables.

Los vehículos comprados tanto nuevos como de segunda mano durante el periodo de vigencia del cártel pueden ser objeto de reclamación. La clave reside en acreditar que el precio pagado estuvo influido por las prácticas anticompetitivas de los fabricantes participantes.

3. La Demanda Colectiva: Mecanismo de Reclamación

La demanda colectiva representa el instrumento procesal más eficiente para canalizar las reclamaciones de los consumidores afectados por el cártel de coches. Este mecanismo permite que un gran número de perjudicados unan sus pretensiones en un único procedimiento judicial, reduciendo significativamente los costes individuales y aumentando la fuerza de la reclamación frente a los grandes fabricantes.

En el ordenamiento jurídico español, las acciones colectivas de consumidores están reguladas en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La Directiva europea 2014/104/UE sobre acciones de daños por infracciones del derecho de la competencia establece un marco específico que facilita estas reclamaciones, presumiéndose que los cárteles causan daño a los consumidores.

3.1. Ventajas de la acción colectiva

  • Reducción de costes: Los gastos procesales se reparten entre todos los demandantes, haciendo viable reclamaciones que individualmente no compensarían económicamente.
  • Mayor presión negociadora: Los fabricantes tienden a ofrecer acuerdos extrajudiciales más favorables cuando se enfrentan a demandas colectivas de gran envergadura.
  • Eficacia probatoria: Las pruebas periciales se comparten, fortaleciendo la posición de todos los reclamantes.
  • Efecto disuasorio: Las condenas colectivas tienen un impacto reputacional significativo que incentiva los acuerdos.

Nuestro despacho coordina la adhesión de consumidores afectados a las demandas colectivas en curso contra los fabricantes del cártel. El proceso de adhesión es sencillo y requiere únicamente la documentación acreditativa de la compra del vehículo. Para más información sobre cómo proteger sus derechos como consumidor, consulte nuestra página sobre reclamaciones por el cártel de coches.

4. Indemnizaciones Estimadas por Marca y Modelo

La cuantificación del daño causado por el cártel de coches se basa en el sobrecoste que los consumidores pagaron como consecuencia directa de las prácticas anticompetitivas. Los informes periciales económicos presentados en los distintos procedimientos judiciales europeos sitúan este sobrecoste en una horquilla del 10% al 20% del precio de venta al público.

Precio compraIndemnización mínima (10%)Indemnización máxima (20%)
15.000 €1.500 €3.000 €
25.000 €2.500 €5.000 €
40.000 €4.000 €8.000 €
60.000 €6.000 €12.000 €

A estas cantidades hay que añadir los intereses legales devengados desde la fecha de compra del vehículo hasta la fecha de pago efectivo de la indemnización, lo que puede incrementar significativamente el importe total a percibir. Si su vehículo fue adquirido mediante financiación con intereses abusivos, podría acumular ambas reclamaciones.

5. Documentación y Pruebas Necesarias

Para ejercitar la reclamación por el cártel de coches es necesario reunir la documentación que acredite la compra del vehículo y su vinculación con los fabricantes sancionados. La carga probatoria se simplifica considerablemente gracias a la decisión de la Comisión Europea, que ya estableció la existencia de la infracción.

5.1. Documentos esenciales

  • Factura de compra del vehículo o contrato de compraventa
  • Ficha técnica del vehículo (permiso de circulación)
  • Contrato de financiación si la compra fue a crédito
  • Extractos bancarios que acrediten el pago
  • Informe de la DGT sobre titularidad histórica

En caso de no disponer de la factura original, existen alternativas probatorias válidas. Nuestros abogados le asisten en la obtención de documentación alternativa y en la preparación del expediente completo para su adhesión a la demanda colectiva.

6. Plazos de Prescripción y Límites Temporales

Los plazos para reclamar por el cártel de coches están regulados por la Directiva 2014/104/UE, transpuesta al derecho español. El plazo general de prescripción es de cinco años computados desde que el perjudicado tuvo conocimiento de la infracción, del daño sufrido y de la identidad del infractor.

La publicación de la decisión de la Comisión Europea constituye el momento a partir del cual se entiende que los consumidores tuvieron conocimiento efectivo de la infracción. Dado que esta decisión es relativamente reciente, la inmensa mayoría de los afectados se encuentran todavía dentro del plazo legal para ejercitar su reclamación.

¡Atención! Aunque el plazo aún está vigente, es recomendable iniciar la reclamación cuanto antes. La presentación de la demanda colectiva interrumpe el plazo de prescripción para todos los adheridos, proporcionando seguridad jurídica frente a posibles cambios interpretativos.

7. Proceso Judicial: Fases y Duración

El proceso judicial de reclamación por el cártel de coches atraviesa varias fases claramente diferenciadas. El conocimiento de estas etapas permite a los consumidores afectados entender los tiempos y las expectativas realistas del procedimiento.

7.1. Fases del procedimiento

  1. Fase de adhesión: Recopilación de documentación e incorporación a la demanda colectiva (1-2 meses).
  2. Presentación de la demanda: Interposición ante el juzgado competente con toda la prueba documental y pericial.
  3. Fase de alegaciones: Contestación de los fabricantes demandados y posibles excepciones procesales (3-6 meses).
  4. Práctica de prueba: Informes periciales económicos, interrogatorios y prueba documental (6-12 meses).
  5. Sentencia: Resolución judicial con determinación de la indemnización (variable).

La duración total estimada del procedimiento oscila entre 18 y 36 meses, aunque los acuerdos extrajudiciales pueden acortar significativamente estos plazos. Si además su vehículo presentó defectos de fabricación, ambas reclamaciones pueden tramitarse conjuntamente.

8. Costes de la Demanda y Financiación

Una de las principales ventajas de la demanda colectiva es la optimización de costes para cada consumidor adherido. Los gastos de abogado, procurador y peritos se distribuyen proporcionalmente entre todos los participantes, reduciendo drásticamente el coste individual en comparación con una demanda ejercitada de forma aislada.

En nuestro despacho trabajamos con un sistema de honorarios vinculados al éxito, lo que significa que el consumidor solo abona los honorarios profesionales cuando se obtiene efectivamente la indemnización. Esta modalidad elimina el riesgo económico para el reclamante y demuestra la confianza del despacho en la viabilidad de la reclamación.

Los costes judiciales (tasas, procurador, peritos) se estiman en un rango de 200 a 500 euros por consumidor en el marco de una acción colectiva, frente a los 3.000-5.000 euros que podría suponer una demanda individual. Esta diferencia hace que la acción colectiva sea la vía más recomendable para la gran mayoría de afectados.

9. Sentencias Favorables y Jurisprudencia Europea

La jurisprudencia europea en materia de reclamaciones por cárteles ha evolucionado significativamente en los últimos años, consolidando criterios favorables para los consumidores. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que toda persona que sufra un daño derivado de una infracción del derecho de la competencia tiene derecho a una reparación integral.

En España, los tribunales han comenzado a dictar sentencias estimatorias en las primeras demandas individuales por el cártel de coches, reconociendo indemnizaciones basadas en el sobrecoste acreditado pericialmente. Estas resoluciones constituyen precedentes muy valiosos para las demandas colectivas en curso y refuerzan la posición de los consumidores afectados.

Si ha sufrido otros perjuicios relacionados con su vehículo, como un accidente con indemnización pendiente, nuestro equipo puede gestionar todas sus reclamaciones de forma coordinada. Asimismo, puede consultar nuestra página sobre garantía de coches nuevos para conocer otros derechos como comprador de automóviles.

¿Afectado por el Cártel de Coches?

Nuestros abogados especializados en derecho de consumo evalúan su caso sin compromiso.

Jose Antonio Martínez

Colegiado nº 12345 ICAM

Jose Antonio Martínez es abogado colegiado nº 12345 del ICAM, especializado en derecho de consumo y competencia, con amplia experiencia en reclamaciones colectivas contra fabricantes de automóviles.

Preguntas Frecuentes sobre el Cártel de Coches

Entre el 10% y el 20% del precio de compra del vehículo.

Volkswagen, Audi, BMW, Mercedes-Benz y Porsche principalmente.

Es la prueba principal pero hay alternativas como contratos o registros de la DGT.

5 años desde el conocimiento de la infracción.

Sí, el sobrecoste afectó también al mercado de segunda mano.